Crónica Negra de la II República


¿No tienes enemigos? ¿Es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia? Santiago Ramón y Cajal.

25 de abril de 2010

Una jueza sugiere a un hombre de 30 años, imputado por violencia de género y con numerosos antecedentes policiales, conmutar prisión por "trabajos sociales".

     Que la Justicia española no es de fiar, según indican las encuestas y según muchas personas que acuden a ella a reclamarla  diariamente, supongo que no será ningún secreto hoy para nadie. La  concepción negativa que los españoles tienen de esta Institución deriva de cómo los jueces interpretan las leyes, caso de qué las haya, y de cómo su aplicación o no, en muchos  casos resulta ser escandalosa y genera desconfianza en la población. En la gran mayoría de los casos sólo tenemos noticias de algunas inapropiadas decisiones judiciales cuando aparece en los medios algún suceso luctuoso que, precisamente viene avalado por alguna negligente actuación judicial previa. La lista de casos es interminable.
    Y es que, en imnumerables ocasiones, la interpretación que  los jueces hacen de la leyes, vienen más que a castigar al infractor, a poner en duda la denuncia que presenta el perjudicado, o sea el denunciante. Es como si los jueces persiguieran a quien denuncia, por "darles trabajo". También, claro está, depende de quién interponga la denuncia  y de su poder adquisitivo.
     Aunque no sirva para nada les voy a contar un caso real, bajo estas prerrogativas, ocurrido en Málaga, en uno de los Juzgados de lo Penal, concretamente en el Nº 12 sala 41 de la "Ciudad de la Justicia". Sé que de nada va a servir, pero al menos servirá de testimonio cuando, ojalá no, se confirmen los augurios que suelen suceder tras estas decisiones judiciales. El caso es digno de hacerse público  aunque sea a través de una modesta página de internet, porque está claro que para que aparezca en grandes medios de comunicación de  masas es necesario un cadáver de por medio.
    En este caso, además, se pone en evidencia incluso la actuación del propio abogado de oficio de la denunciante que, disculpen sin me equivoco pero creo que tiene un miniespacio en esa radio del  régimen socialista conocida desde Franco por Cadena Ser , en su emisora de la  Costa del Sol. Más que el abogado de la acusación parecía el abogado del diablo.
    Citado en Málaga a las doce y media de la mañana nuestra fuente, de Testigo para un juicio penal contra un delincuente esteponero, autor de infinidad de robos (su casa de campo entera se la amuebló con  el fruto de estos robos), con numerosas detenciones por este delito, además de allanamientos de morada y por maltrato de género contra dos ex-novias, sobre las cuales posee sendas órdenes de alejamiento, el juicio comienza a las cuatro de la tarde. El delincuente, a pesar de todo este historial está en la calle. Según se rumorea puede tratarse de un confidente policial, "chivato" el cual tendría tras sus pasos a alguien para "ajustarles las cuentas" por un asunto de alijos de drogas en la playa por la que a pesar de haber sido detenido, nunca llegó a pisar la cárcel. Este extremo no lo hemos podido confirmar y prefiero creer que no es cierto.
    En esta ocasión había propinado dos  solemnes  palizas a una de estas ex-novias. Una paliza  durante la madrugada y otra por la tarde,  cuyas consecuencias venían avaladas por varios partes de lesiones, uno de ellos redactado por el médico forense de los juzgados de Estepona, otro por los médicos del ambulatorio de esta misma localidad y el otro restante  por médicos del Hospital Costa del Sol de Marbella. Amparado en estos informes, previamente, se había celebrado juicio por Violencia de Género, en una sala de las de Instrucción de  Estepona  con el resultado de una condena para el denunciado de 20 meses de prisión y orden de "alejamiento". Una condena que, al no llegar a los dos años, favorecía el hecho de que el imputado no llegara siquiera a pisar la cárcel. Aún así, el condenado decide recurrir a los Juzgados de lo Penal en Málaga y se nombra fecha de un mes posterior para llevar a cabo el juicio. Ahora, en este nuevo juicio, la chica es citada como Testigo, así como la fuente de esta información.
   
   
     Los hechos objeto de la causa fueron los siguientes:

    Durante la madrugada de qué más da cuándo, aunque los hechos no tienen más de dos meses,  la víctima se encuentra en casa de una amiga en otro municipio cercano a Estepona. Tras una discusión entre ambas, su amiga decide llamar a un amigo común (el denunciado), para que se trasladara a dicho municipio a recoger a su amiga y huésped.
   Se daba la circunstancia de que el amigo común había sido novio de ésta un año antes. Pero, al quedar embarazada, él  acabó la relación y comenzó a denigrar y vejarla ante sus amigos; negando incluso su paternidad y acusándola de haber tenido otras relaciones.
   Cuando ésta da a luz, los padres de ella consideran que es necesario que el  padre del niño sepa que ha nacido, independientemente de que éste lo reconociera o no. No querían criarlo, ocultándole quién era su padre. La joven se negaba en principio pero ante la insitencia materno-paternal, que consideraban que era lo más conveniente, accede a comunicárselo a su ex-novio quien confunde las intenciones de ella. Advertir que los padres de la víctima desconocían la carrera delictiva de éste.
    Así se incia una relación de amistad entre ambos, siete meses después, pero la chica, ante la insistencia de éste por reanudar la relación, le deja claro que ya no pretende mantener una relación sentimental con él. Y así, entre discusiones por la insistencia del denunciado y negativas de la joven,  habían transcurrido cerca de cuatro meses, hasta la madrugada de los hechos objeto del supuesto "juicio".
   
    Creo que este inciso es necesario para contextualizar el caso. Algo que nunca hicieron los jueces o juezas encargados de investigarlo. Sobre las cuatro de la madrugada, el sudodicho se desplaza a recoger a su ex-novia pero en vez de llevarla al domicilio de la chica, como estaba hablado, se dirije a una casa de éste en el campo donde la retiene durante cuatro horas,  contra su voluntad, le quita el teléfono móvil que previamente le había regalado y le propina la primera paliza al negarse la joven a mantener relaciones sexuales. Sobre las ocho de la mañana, cuatro horas después, la traslada a su domicilio y le devuelve el móvil después de haber analizado las llamadas realizadas por su propietaria.


Intento de secuestro que no se juzga y segunda agresión

     Así, llena de golpes  y en estado de ansiedad, se desplaza a la Comisaría para denunciar los hechos. Desde allí le recomiendan que vaya primero a Urgencias para que pueda incluir en la denuncia el parte de lesiones. Una vez presentada la denuncia y ya nuevamente en su domicilio, comienza a recibir llamadas del denunciado reiteradamente. Ante las insistentes llamadas de éste conminándola a quedar y verse con él, ésta le advierte que va a volver a denunciarlo, si no deja de llamarla. Por último se decide y, ingénua, se lo comunica al denunciado. Cuando sale de su casa, éste la asalta en la vía pública y, mostrándole buenas intenciones, logra convencerla para que suba al coche. Pero una vez en el vehículo, el denunciado muestra otras intenciones y se dirije a la salida de Estepona en sentido Marbella, en contra de la joven que insistentemente le apelaba a que la dejase bajar del vehículo. Por contra éste la agarra por la cabeza y se la introduce entre la palanca de cambios y el freno de mano y comienza a golpearla en la cabeza, espaldas y partes del cuerpo que alcanzaba con su mano desde la posición de conductor.
    Por suerte, ante un despiste del denunciado, en un semáforo de San Pedro de Alcántara, la joven logra desasirse de su inesperado cautiverio; salta del vehículo y es recogida por una pareja de extranjeros quienes la trasladan al Hospital Costa del Sol de Marbella. Todo esto constaba en las denuncias. Pero en este punto ocurre algo  sorprendente. Le hacen un exhaustivo parte de lesiones, pero incompresiblemente no le hacen un escaner. Curiosa es esta decisión médica, cuando menos, la primera de las ocurridas en este caso, ya que la chica les advertía de que los principales golpes los recibió en la cabeza. Una semana después, el mismo día del primer juicio, la reconoce el  médico forense quien consigna el gran número de golpes recibidos y además establece que unos son anteriores a otros, corroborando las dos palizas que la chica había recibido en un mismo día.
    La emisión de este informe forense fue determinante para que en el Juzgado de Estepona se determinara una condena de 20 meses de prisión (que no habrían de cumplirse); pero, he aquí otra curiosidad: el denunciado no fue acusado de intento de secuestro. Es más, posiblemente tal delito ni siquiera exista en el Código Penal. Digo esto porque el propio abogado, llegó a decirle al otro Testigo, que dicho código no establece en esos términos el "intento de secuestro". Esto es: montas en un vehículo confiando en una persona, ésta te lleva contra tu voluntad a un sitio que desconoces, le pides que pare el vehículo que no quieres continuar, te golpea, te retiene y logras escapar, evitando la consumación del secuestro y esto no es "intento de secuestro". Por lo visto, a lo mejor ha de haber mediado violencia para subir al vehículo, antes de considerse tal tentativa. Pero mi lógica me dice que entonces no hablaríamos de intento, sino de secuestro consumado. Por cierto que el citado abogado  (hijo del Régimen o criado en él tras la Transición y de unos treinta años, por tanto),  de la ahora Testigo y víctima de maltrato,  abogado por tanto del otro Testigo que acudía en defensa de la víctima, o al menos eso creía él,  puso de manifiesto hacia dicho Testigo unos malos modales y falta de respeto dignos de un dictador bananero.
     Otra casual curiosidad. El día del primer juicio, celebrado en Estepona, el denunciado había acudido con la amiga de la joven como testigo, al igual que en el segundo, de que los golpes no se los propinó él, sino ella. Aunque el abogado del denunciado, en el primero, no la llamó a declarar . El temor y la entrega de alguna cantidad de dinero a ésta que estaba necesitaba, la obligaron a aceptar la proposición del denunciado de ir contra su propia amiga, según le llegó a confesar a la víctima durante esa mañana. Pero desde las diez y media, que estaba previsto el juicio, hasta la una de la tarde que al final se produjo, los roces entre ambos fueron constantes y a raíz de unas manifestaciones que en dicho transcurso realizó contra su maltratador la denunciante, éste la denunció y la jueza, para más colmo, admitió la denuncia. Por lo visto el denunciante gritaba menos y nadie oyó los insultos que previamente había dirigido éste a la joven.


Juicio en el Nº 12 de lo Penal de Málaga

     El segundo juicio, ya en Málaga, se había fijado para un mes posterior, sin embargo no pudo celebrarse ante la imposibilidad de asistir de los Testigos citados por el Fiscal: la chica y la fuente de esta información, puesto que la moto del Testigo fue incendiada durante la madrugada en el parking interior de su domicilio, que casi provoca una tragedia, y al vehículo de la madre le pincharon dos ruedas. Por lo que se postpuso para un mes posterior. En ese transcurso de tiempo, el denunciado fue detenido nuevamente en dos ocasiones por robo en domicilio y atraco a un cliente de un cajero automático, sin embargo seguía en la calle.
    Pues bien, esos eran los hechos que se juzgaban,  supuestamente: maltratos cuyo informe forense constaba y daba fé de la intensidad y veracidad de las lesiones tipificados en la Ley de Violencia de Género. Lo del intento de secuestro ni aparecía en el primero ni, por supuesto, se juzgó tampoco en el segundo.
    Como decía, bien pasadas las cuatro de la tarde, desde las doce y media que estaba previsto, se abre el telón y comienza el juicio. Un chico en vaqueros roidos, zapatillas y sudadera de chiringuito de verano, citaba a las partes en  la puerta de la sala, pedía documentaciones y daba "fe" de la "seriedad" del acto. Esa indumentaria "progre" lo decía todo.
    En primer lugar es llamado  el denunciado y ya no saldría hasta su término, dando botes de alegría. La defensa del denunciado, por lo visto, según nuestra fuente, había alegado, tal vez para evadir la aplicación de la "Ley de Violencia de Género", dato  que nunca lo informó el maleducado abogado de oficio de la víctima ni a ella ni al otro Testigo, que nunca mantuvo una relación con la joven. Digo esto porque la jueza  interrogó, en sus apenas tres minutos de declaración, al Testigo de la joven sobre si había sido testigo, valga la redundancia,  de la relación que la víctima mantuvo con el denunciado, obviando o poniendo en duda las declaraciones de la joven admitiendo este extremo, pues de hecho tal era la causa de las agresiones. Además basó su defensa en que él no había sido el autor de los golpes, sino que además de ser la responsable la testigo que él aportaba, la denunciante se había caído por las escaleras. En fin que la chica que había interpuesto la denuncia, al final  parecía ella la denunciada. La jueza le preguntó al Testigo de la joven que si la chica tomaba drogas, argumento de la defensa,  y que si vió las heridas que la chica decía tener. En el primer caso es irrelevante que las tomara o no, y por tanto lo es la pregunata. ¿O acaso estarían más justificadas  las agresiones si las tomara?. Precisamente en el primer juicio lo que salió a relucir era que el denunciado había inducido en muchas ocasiones a la víctima a tomarlas. En cuanto a lo segundo, respecto a los daños provocados por las agresiones, que más da que el Testigo las viera o no, que las vió, si fue determinante para la condena anterior el informe del forense, único documento que avala la objetivad y veracidad de las primeras denuncias. Mientras tanto, recordemos, no se juzga el intento de secuestro.


Decisión de la jueza: sugiere al denunciado de 30 años  de edad, conmutar la pena de prisión "por trabajos sociales".

    Ahora viene la guinda. Termina el paripé de juicio y sale el denunciado dando botes de alegría; llama a su testigo que lo esperaba en los pasillos y se dirijen alegremente a la salida de la "Ciudad de la Justicia". Minutos después aparece el abogado de la chica (que ya no era la denunciante sino que ahora es Testigo de su propia agresión. Una incongruencia pero así es). Por lo visto él no defendía al  Testigo de la chica, según le recriminó durante la espera previa, en respuesta a una pregunta de éste. El maleducado abogado le respondió que no era su abogado y que si quería saber se comprara un Código Penal. Sólo por preguntarle ¿qué era, según la Ley, un intento de secuestro entonces?, episodio relatado más arriba.
    El susodicho abogado sale con semblante satisfecho y... sorpréndanse, dice que todo ha salido muy bien. La chica le preguntó por qué, entonces,  el denunciado salía tan alegre. A lo que el abogado responde que no sabe por qué, ya que la jueza iba a confirmar la condena a prisión por sus anteriores antecedentes, lo único es que le había preguntado al denunciado si prefería conmutar dicha condena haciendo "trabajos sociales para la comunidad", a lo que éste asintió. No, si te parece. Además de que la jueza no había dado credibilidad, según dijo, a las declaraciones de la testigo del acusado, denunciado  y de tratarse de una persona que alborea ya los 30 años; no es que sea un menor.
     Pero las malas maneras del abogado no acabaron con aquel episodio de la mañana. Cuando el Testigo de la chica, al término del juicio y al conocer la decisión que habría de tomar la jueza de mandarlo, más o menos que a limpiar calles o jardines públicos, le preguntó al abogado sobre si tal posibilidad la recoge la Ley de Violencia de Género, nuevamente le mandó de malas maneras,  mientras se dirijía sonriendo al abogado del acusado,  que se comprara el  Código Penal.
    Claro que ahora entiendo al ínclito abogado cuando afirmaba que todo había ido "muy bien"; esto es, que no hayan  sido la denunciante y su Testigo los que acabasen condenados.
    Y a todo esto digo yo; ¿por qué en la Comisaría no son sinceros y antes de recomendar denunciar estos casos a las víctimas de violencia de género, se les advierte de que posiblemente sea peor interponer una denuncia, por las represalias que pueda acarrearle, visto que posiblemente al denunciado no le pase nada, mientras no haya muertes de por medio. Cuando, por tanto, la aplicación de la Justicia ya sea demasiado tarde para la víctima?. Por otro lado, de ser cierto que este señor sería un confidente, lo cual pondría de manifiesto una contradicción, ¿sería aceptable que la Policía y la Justicia estén protegiendo a un maltratador de mujeres?. ¿Habrá que ir pensando en tomarse la Justicia por su mano?. Personajes como éstos se pasan las leyes por el forro y no les va mal. A lo mejor habría que seguir su ejemplo.

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